Seguro de Desgravamen

Haz una gran jugada y gánale a tu deuda.

Reemplaza el Seguro de Desgravamen asociado a tu crédito de consumo por uno más barato, mantén la misma cobertura y podrás recibir una devolución de dinero por las cuotas que no se hayan utilizado del seguro actual, o bien, disminuir la cuota mensual de pago del crédito. ¿Por cuál? ¡El de Onlife obvio!

¿Quieres comprobarlo?

Si estás interesado, sólo con algunos datos de tu crédito, puedes cotizar tu nuevo seguro de desgravamen en el siguiente botón. Incluso podrías realizar la compra sin la ayuda de un ejecutivo. 

¡Cámbiate a nuestro Seguro de Desgravamen!

Ingresa tus datos y te contactaremos

*Recuerda, sólo para créditos de consumo, NO para créditos hipotecarios.
Al hacer clic en "Enviar" serás contactado por el interés en nuestro producto de Seguro de Vida.

Pasos para reemplazar tu Seguro de Desgravamen

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Paso 1

Primero que todo, debes contratar nuestro Seguro de desgravamen, el cual se paga en una sola cuota.

Paso 2

Recibirás un email de onlifecomunica @pentavida.cl indicando que tu solución ha sido evaluada

Paso 3

Posteriormente, al día hábil subsiguiente, recibirás otro email con tu póliza, carta de renuncia y comprobante de pago adjuntos.

Paso 4

Deberás presentar o enviar estos 3 documentos a la Institución Financiera (Banco, Cooperativa de Crédito y Ahorro, Automotriz o Caja de Compensación) en la que tienes contratado el crédito de consumo.

Paso 5

En un plazo no mayor a 10 días hábiles deberías recibir la devolución de dinero proveniente desde la Institución Financiera en donde tienes el crédito de consumo.

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Imagina que tienes un crédito de consumo

Y te quedan por pagar

$18.933.000 en 60 meses

El Seguro de Desgravamen asociado a esa deuda es de:

$860.000

aproximadamente.

Si cambias tu Seguro de Desgravamen en Onlife

Tendrías un precio de

$281.593

aproximadamente.

Por lo que podrías recuperar

$548.887*

*Ejemplo calculado para una persona de 45 años. Los valores son referenciales y el cálculo del precio depende del monto y plazo del crédito, así como también de tu género y edad.

¿Qué necesitas para contratar?

El monto que te falta por pagar de tu crédito.

Saldo insoluto.

La cantidad de cuotas que te quedan por pagar.

El nombre de la Institución Financiera donde tienes contratado tu crédito.

La tasa de interés mensual de tu crédito.

El número de operación o contrato de tu crédito.

El valor de tu seguro actual para que puedas comparar.

¿Conoces las reglas?

¿Cuáles son las características del seguro?

  • Puedes contratarlo si tienes entre 18 y 60 años en mujeres o 65 años para hombres.
  • El monto o capital asegurado corresponderá al saldo insoluto del crédito en caso de tu fallecimiento, es decir, lo que queda por pagar del crédito.
  • El máximo del saldo insoluto del crédito debe ser de UF 2.000.
  • Se cubren créditos a los que les falte hasta 72 cuotas.
  • El pago consiste en una sola cuota con pago en línea.
  • Nuestro Seguro puede reemplazar al que tengas en su crédito vigente o contratarlo al momento de tomar un nuevo crédito (sin depender del seguro que le ofrezca la Institución Financiera).

¿Qué situaciones no están consideradas en el seguro?

  • Suicidio o muerte producida a consecuencia de lesiones auto inferidas. (2)
  • Pena de muerte.
  • Participación en delitos como autor, cómplice o encubridor.
  • Muerte por estado de ebriedad o bajo el efecto de las drogas.
  • Guerra, invasión, actos enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas.
  • Participación en actos terroristas.
  • Actos temerarios.
  • Actividades o deportes riesgosos.
  • Fisión, fusión nuclear o contaminación radioactiva.
  • Enfermedades y dolencias preexistentes.

Para más detalle revisar la póliza.

(1) La Compañía Aseguradora pagará el capital asegurado al beneficiario, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubiera transcurrido dos años completos e ininterrumpidos desde la fecha de incorporación del Asegurado a este contrato de seguro.

(2) La Compañía Aseguradora pagará el capital asegurado al beneficiario, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubiera transcurrido dos años completos e ininterrumpidos desde la fecha de incorporación del Asegurado a este contrato de seguro.

Seguro inscrito en la CMF bajo el código POL220131575.

¿Es legal?

Claro que sí. Conoce las normas o leyes en que está amparado nuestro Seguro de Desgravamen:

Contrata tu nuevo Seguro de Desgravamen.

Simula, reemplaza y ahorra.