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Niveles de protección
Seguros de Vida que cubren montos desde $8.000.000 a los $40.000.000
Ninja
Un seguro efectivo en cobertura e imperceptible por su bajo costo.
Superpoderoso
Tus más cercanos estarán a salvo ante tu fallecimiento. Además contempla la cobertura adicional de Invalidez total.
Todopoderoso
La omnipresencia existe ante fallecimiento con 3 coberturas adicionales: Invalidez total, Muerte accidental e Invalidez accidental
¿Cómo funciona?
Así de simple es contratar tu seguro en Onlife.
Paso 1: Indentifícate
Completa tus datos básicos como género, edad y responder 4 preguntas referentes a tu salud.
Paso 2: Escoge tu plan
Selecciona el nivel de protección que más te acomode.
Paso 3: Contrata
Contratar tu seguro en Onlife a través de diferentes medios de pago es así de simple.
Puedes contratar tu seguro según tus necesidades agregando los siguientes adicionales:
Paga un monto de dinero entregando protección adicional en el caso de fallecimiento a causa de un accidente, cubriendo a los beneficiarios hasta que el asegurado cumpla 65 años de edad.
Cubre al asegurado pagando un monto en dinero en el caso en que este quede inválido producto de un accidente.Esta cobertura se paga en montos diferentes dependiendo del tipo de invalidez que haya sufrido y cubre al asegurado hasta que este cumpla 65 años de edad.
Protege en caso de que el asegurado quede inválido producto de una enfermedad o accidente y pierda al menos dos tercios de su capacidad laboral.
Seguro inscrito en la CMF bajo el código POL220131664, y coberturas adicionales inscritas bajo los códigos CAD220131667, CAD320131668 y CAD320131738.
¿Conoces las reglas?
- Puedes contratarlo si tienes entre 18 y 64 años y 364 días.
- La protección en caso de fallecer por alguna enfermedad o accidente es hasta los 74 años y 364 días.
- Puedes escoger libremente los beneficiarios de tu Seguro de Vida, siempre y cuando exista interés asegurable.
- Permite medios de pagos automatizados: PAC / PAT.
- Participación del Asegurado en guerra internacional o civil.
- Suicidio, automutilación, o autolesión. (1)
- Pena de muerte.
- Participación en cualquier acto delictivo.
- Acto delictivo cometido en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario o quien pudiere reclamar la cantidad asegurada o la indemnización.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas.
- Realización de un deporte o actividad a causa o con ocasión del trabajo, que las partes hayan acordado excluir de la cobertura, al no aceptar el contratante un recargo de prima.
- Toda información que no haya sido declarada por el asegurado, al momento de la contratación del seguro o durante su vigencia, y por ende desconocida por el asegurador.
- Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
- Toda enfermedad o condición de salud que hubiere sido diagnosticada o conocida por el asegurado antes de la contratación del seguro.
(1) La Compañía Aseguradora pagará el capital asegurado al Beneficiario, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubiera transcurrido dos años completos e ininterrumpidos desde la fecha de incorporación del Asegurado a este contrato de seguro.