Seguro de Vida
Protección Límite
Un regalo que protege el futuro de quienes amas
Asegura que tu familia continúe su vida pagando el arriendo, colegios y más, a pesar de tu ausencia. Cuídalos con un salvavidas económico accesible y práctico desde $8.000.000 hasta los $40.000.000 de cobertura (extensibles hasta $120.000.000 una vez contratado).
Para esto contamos con 3 tres planes
Estándar
Desde
$1.600
Cobertura de Invalidez total
+Estándar
Desde
$2.100
Cobertura de Invalidez total + Muerte accidental + Invalidez accidental
+Estándar
Desde
$4.200
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Puedes complementar su protección con las coberturas adicionales

Muerte Accidental
Esta cobertura, en caso de siniestro, es adicional y complementaria a la del seguro principal. Penta Vida pagará las indemnizaciones del seguro principal y la de esta cobertura adicional.

Invalidez Accidental
Esta cobertura se paga en montos diferentes dependiendo del tipo de invalidez que haya sufrido y cubre al asegurado hasta que este cumpla 65 años de edad.
En caso de siniestro, esta cobertura adicional no afecta la continuidad del seguro principal.

Invalidez Total y Permanente 2/3
Esta cobertura se paga en montos diferentes dependiendo del tipo de invalidez que haya sufrido y cubre al asegurado hasta que este cumpla 65 años de edad.
En caso de siniestro, esta cobertura adicional no afecta la continuidad del seguro principal.
¿Conoces las reglas?
- Puedes contratarlo si tienes entre 18 y 64 años y 364 días.
- La protección en caso de fallecer por alguna enfermedad o accidente es hasta los 74 años y 364 días.
- Puedes escoger libremente los beneficiarios de tu Seguro de Vida, siempre y cuando exista interés asegurable.
- Permite medios de pagos automatizados: PAC.
- Participación del Asegurado en guerra internacional o civil.
- Suicidio, automutilación, o autolesión. (1)
- Pena de muerte.
- Participación en cualquier acto delictivo.
- Acto delictivo cometido en calidad de autor o cómplice, por un beneficiario o quien pudiere reclamar la cantidad asegurada o la indemnización.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas.
- Realización de un deporte o actividad a causa o con ocasión del trabajo, que las partes hayan acordado excluir de la cobertura, al no aceptar el contratante un recargo de prima.
- Toda información que no haya sido declarada por el asegurado, al momento de la contratación del seguro o durante su vigencia, y por ende desconocida por el asegurador.
- Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva.
- Toda enfermedad o condición de salud que hubiere sido diagnosticada o conocida por el asegurado antes de la contratación del seguro.
Seguro inscrito en la CMF bajo el código POL220131664, y coberturas adicionales inscritas bajo los códigos CAD220131667, CAD320131668 y CAD320131738.
(1)La Compañía Aseguradora pagará el capital asegurado al beneficiario, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubiera transcurrido dos años completos e ininterrumpidos desde la fecha de incorporación del Asegurado a este contrato de seguro.